
Cuando leemos las siglas PRL, todos pensamos en Prevención de Riesgo Laboral, y se nos viene a la mente un edificio en obras y trabajadores equipados con un casco, un chaleco reflectante y un arnés, pero realmente es un concepto que nos afecta mucho más de lo que creemos, principalmente a las Comunidades de Propietarios.
Igual sucede con las siglas CAE (Coordinación de Actividades Empresariales), un concepto no tan conocido, pero que también está en nuestro día a día, ¿Sabemos realmente que significan y como nos afectan en nuestra comunidad de propietarios?
“Nunca le des un día libre a la seguridad”
Lo primero que debemos conocer realmente es, ¿Qué es el Riesgo Laboral? Entendemos como Riesgo laboral la posibilidad de que un trabajador sufra un tipo de daño a causa del trabajo.
Como Administradores de Fincas en Madrid, vamos a darle todas las respuestas y algunos consejos para su Comunidad tratando las siguientes cuestiones:
¿Es necesario tener PRL y CAE en una Comunidad De Propietarios?
¿Cómo podemos prevenir los riesgos laborales en una comunidad?
En caso de que no cumplamos con los requisitos oportunos ¿Pueden multar a mi comunidad?
¿Quién responde en caso de infracción?
¿Cuáles son los accidentes más comunes que suelen suceder en una comunidad?
¿Cuál es el precio de tener contratado el PRL o CAE en la Comunidad?
¿De qué se encarga el administrador de nuestra comunidad?
¿Qué Ley rige y Decreto rige la PRL en las Comunidades de propietarios?
¿Es necesario tener PRL y CAE en una Comunidad De Propietarios?
Según la Ley, la PRL es necesaria para la mayoría de las comunidades de propietarios, puesto que en todas las comunidades existen trabajadores de varios tipos:
- Trabajadores a su cargo (conserje, jardinero, socorrista etc.…): en este caso es como si la comunidad ejerciera como una empresa.
- Cuando se realiza alguna obra en el edificio: puesto que en este caso es como si la comunidad ejerciera de promotor.
- Cuando en el edificio concurren trabajadores de diferentes empresas, práctica habitual puesto que siempre se obtienen una serie de servicios como pueden ser mantenimiento de ascensores, limpieza, electricidad, antenistas etc.
¿Cómo podemos prevenir los riesgos laborales en una comunidad?
- Lo primero es conocer los riesgos que pueden suceder en una comunidad.
- Una vez que los conozcamos, deberíamos responder a la pregunta de si podemos solucionarlos, y si no, al menos conocer su peligrosidad.
- Planificar las actividades de prevención, sabiendo a cuantos trabajadores puede afectar.
- Determinar unos protocolos de actuación
- Darle una formación efectiva a la plantilla, para que sean conscientes de sus riesgos y de la manera de evitarlos.
- Realizar coordinación de actividades empresariales. Identificar y controlar los riesgos que se pueden derivar.
- Tener siempre una correcta vigilancia
- Establecer valores para conocer los fallos y tratar de solucionarlos.
En caso de que no cumplamos con los requisitos oportunos ¿Pueden multar a mi comunidad?
La respuesta es SI, y las multas administrativas pueden ser de varios tipos dependiendo de la infracción:
- Leves desde los 40€ hasta los 2.045€
- Graves desde los 2.046€ hasta los 40.985€
- Muy graves, de los 40.986 hasta los 819.780€
Llegados a este punto nos preguntamos:
¿Quién responde en caso de infracción?
La Comunidad de vecinos es el responsable legal y en su representación el presidente de la Comunidad.
¿Cuáles son los accidentes más comunes que suelen suceder en una comunidad?
- Caídas o golpes
- Cortes o heridas.
- Intoxicaciones ( productos de limpieza)
- Quemaduras (con líquidos, objetos, descargas eléctricas)

Después de conocer un poco más sobre PRL, CAE y los riesgos que puede suponer para nuestros trabajadores y nuestra Comunidad, es recomendable contratar el servicio de una empresa especializada en dichos servicios.
¿Cuál es el precio de tener contratado el PRL o CAE en la Comunidad?
Los precios pueden oscilar entre los 200€ y 350€ al año.
¿De qué se encarga el administrador de nuestra comunidad?
Desde la Administración de fincas nos encargamos de contactar con diferentes empresas que ofrezcan el servicio que más se adapte a sus necesidades, teniendo en cuenta que cada Comunidad es diferente y que las tarifas dependen del número de trabajadores de la Comunidad, si son propios o contratados, del tamaño y zonas comunes de la Comunidad, etc.…,
Una vez contratado, coordinamos con la empresa de PRL/CAE que dispone de toda la información necesaria de la Comunidad y las empresas que trabajan en la finca, así como supervisamos la correcta implementación del PRL/CAE.
Para finalizar, si quieres conocer nuestras novedades para Comunidades de vecinos como las Juntas virtuales, los servicios exclusivoscomo WhatsApp, le gustaríaun Manual gratuito para el Presidente de su Comunidad, odesea conocer la nuevaAdministración de Fincas, no dude en contactarnos.
¿Qué Ley rige y Decreto rige la PRL en las Comunidades de propietarios?
La Ley 31/1195 de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-24292,
REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales,
